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La legislación que viene en 2022, y que afectará a productos eléctricos y electrónicos

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El año 2022 se presenta interesante en la cuestión del Compliance Técnico para la comercialización, en el mercado de la Unión Europea, tanto de productos eléctricos y electrónicos como de productos y servicios digitales. Por un lado, están planificadas, en el Parlamento Europeo, varias votaciones de nuevos reglamentos; y, por otro lado, entraran en vigor varios actos delegados que afectaran a directivas en aplicación.

En el caso de los nuevos reglamentos se votaran una propuesta de “Reglamento de Máquinas” y una propuesta de “Reglamento para sistemas de Inteligencia Artificial”.

El nuevo Reglamento de Máquinas, que sustituirá a la Directiva 2006/42/EC de máquinas, pretende dar respuesta a los nuevos retos que la evolución de las tecnologías está suponiendo para la aplicación de la actual legislación en las máquinas. Hoy en día pueden darse lugar vacíos legales que supongan riesgos en la seguridad y en la salud de las personas, o riesgos para el medio ambiente. Entre los problemas que se consideran están: 1) la actual directiva no cubre suficientemente los nuevos riesgos originados por las tecnologías emergentes, 2) la directiva presenta incertidumbre jurídica por la falta de claridad sobre su alcance y sus definiciones; así como riesgo por potenciales lagunas de seguridad en las tecnologías tradicionales, 3) la lista de máquinas de alto riesgo tiene ya 15 años, no se ha actualizado y sus disposiciones son insuficientes, 4) los costes monetarios y ambientales que se producen por la extensa documentación en papel que se pide, 5) las incongruencias con otros instrumentos de la legislación de seguridad de productos de la Unión, 6) las divergencias en la interpretación existente en las transposiciones de la Directiva de Máquinas realizadas por los diversos estados de la Unión. Además, este nuevo reglamento pretende incorporan realidades tecnológicas como los robots colaborativos, las actualizaciones de software, la ciberseguridad, las máquinas autónomas o las estaciones de supervisión remota.

Por su parte, el nuevo reglamento para sistemas de Inteligencia Artificial (IA) quiere dar respuesta a los retos que los sistemas de IA están suponiendo hoy en día en temas de seguridad y salud de las personas, o en sus derechos fundamentales. Se pretende que se aplique a los sistemas de IA que se comercialicen o se usen dentro de la Unión cuyos proveedores están establecidos en la Unión y, especialmente, en terceros países; pero también afecte a los sistemas de IA localizados en un tercer país cuyos resultados se utilicen dentro de la Unión. O que se proteja a los usuarios de dentro de la Unión que usen o sean afectados por los diferentes sistemas de IA que le puedan afectar directa o indirectamente. Se pretende que el reglamento

evite o minimice problemas y riesgos relacionados, entre otros, con la biometría y la identificación de personas, la gestión y explotación de infraestructuras críticas, el acceso a servicios esenciales, el control de fronteras, o la justicia.

En el caso de los actos delegados se prevé que entren en vigor a lo largo del mes de enero un reglamento y una directiva relacionados con la “Directiva 2014/53/UE sobre la comercialización de equipos radioeléctricos”, conocida como Directiva RED.

El reglamento delegado pretende mejorar la ciberseguridad de los dispositivos inalámbricos que se comercialicen en el mercado de la Unión, tales como, teléfonos móviles, relojes inteligentes, rastreadores de actividad física o juguetes inalámbricos. Este reglamento define los requisitos legales para las salvaguardias de seguridad que se deberán tener en cuenta en el diseño y producción de los dispositivos inalámbricos. Además, determina que se deberán proteger la privacidad y los datos personales de los ciudadanos, evitar los riesgos de fraude monetario y garantizar una mayor resiliencia de las redes de comunicación.

La directiva pretende la adopción de un cargador único compatible con todo tipo de dispositivos inalámbricos. Esta directiva quiere limitar la fragmentación de las interfaces de carga y de los protocolos de comunicación de carga en teléfonos móviles y equipos radioeléctricos; para conseguir los objetivos de reducir los residuos electrónicos, garantizar la comodidad de los consumidores y evitar la fragmentación del mercado de dispositivos de carga. Para ello la directiva pretende armonizar la interfaz de carga y los protocolos de comunicación de carga para equipos radioeléctricos que se cargan por cable; y sentar las bases para la adaptación a otras tecnologías que permitan la carga por cualquier medio distinto de la carga por cable, como la carga inalámbrica. También se pretende imponer requisitos para garantizar que los usuarios finales no estén obligados a adquirir un nuevo dispositivo de carga con cada compra de cada nuevo teléfono móvil o equipo radioeléctrico. Y se define el USB tipo C como el receptáculo común de carga para las categorías o clases pertinentes de equipos radioeléctricos, que irá combinado con el protocolo de comunicación de carga de entrega de potencia por USB.

Estos son de forma breve los actos legislativos que afectaran en un futuro cercano a las empresas que fabriquen y comercialicen productos y servicios para el mercado europeo. Y en próximos artículos profundizaré en cada uno de estos actos legislativos.

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Autor: Gian-Lluís Ribechini, Ingeniero Industrial