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La conformidad de producto tras el Brexit: UKCA y todo lo que necesita saber

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Artículo escrito por Andrew Hutton, Product Marketing Mánager de Sistemas de Nutrición y Baterías de AVNET Abacus.

A consecuencia de la salida del R. Unido de la UE (Unión Europea), los fabricantes de los dos lados del canal de la Mácula deben amoldar la manera en que cumplen la legislación de conformidad.

En general, desde el final de dos mil veintiuno, el marcado CE no va a ser reconocido en el R. Unido, si bien hay algunas salvedades. Por poner un ejemplo, los fabricantes de Irlanda del Norte deben emplear el nuevo marcado UKCA al mandar productos a G. Bretaña (Inglaterra, Escocia o bien Gales), mas los productos que llevan el marcado CE pueden proseguir vendiéndose en Irlanda del Norte.

Cualquier producto que requiera pruebas obligatorias de terceros asimismo debe llevar el marcado UK(NI) si se comercializa en Irlanda del Norte, mas no debe exhibirlo si se vende en un mercado de la Unión Europea.

Todo producto elaborado por completo ya antes del treinta y uno de diciembre de dos mil veinte aún se puede vender en los mercados del R. Unido y la Unión Europea si lleva el marcado CE, lo que deja a los fabricantes agotar los suministros existentes sin incurrir en pruebas de conformidad auxiliares. No obstante, los productos fabricados tras esta data se hallan sujetos a un periodo de transición.

Desde el 1 de enero de dos mil veintidos, ya no se van a poder poner en servicio los productos que solo tengan el marcado CE en Inglaterra, Escocia o bien Gales. Este periodo de transición da a todos y cada uno de los fabricantes múltiples meses para prepararse ante semejantes cambios.

Va a haber múltiples exenciones actuales a lo largo de dos mil veintiuno y, si corresponde, los fabricantes precisarán contrastar aquellas que se apliquen particularmente a ellos. El nuevo símbolo de conformidad va a ser el marcado UKCA (UK Conformity Assessment), que sencillamente sustituirá al marcado CE en la mayor parte de los casos. Posiblemente puedan resultar precisas pruebas y certificaciones auxiliares (ver abajo).

No todos y cada uno de los productos van a recibir exactamente el mismo trato. Por servirnos de un ejemplo, las viñetas y el cronograma que aparecen ahora describen de qué forma deben utilizarse las fuentes de nutrición y enseñar el marcado UKCA:

– Generalmente, UKCA va a reconocer y seguirá/copiará las directivas de la Unión Europea para las fuentes de alimentación

– Las fuentes de alimentación (PSU) se ven como un componente del sistema

– Poner un marcado UKCA en el producto es voluntario hasta el 1 de febrero de dos mil veintidos

– Los productos con el marcado CE en la etiqueta pueden emplearse hasta el 1 de enero de dos mil veintitres

– Desde el 1 de enero de dos mil veintidos, el bulto de transporte exterior y la ficha técnica del distribuidor debe portar el marcado UKCA

– Desde el 1 de enero de dos mil veintitres, va a ser obligatorio poner el marcado UKCA en la etiqueta de la fuente de nutrición

A ciertos campos que están cubiertos por el marcado UKCA se les ha dado más tiempo para cumplir. Particularmente, esto incluye a los fabricantes de dispositivos médicos, mas, como ha señalado la Fire Industry Association, excluye a los fabricantes de productos contraincendios y de seguridad.

Si bien afectará a los fabricantes de fuera del R. Unido, meridianamente esto va a tener un impacto en el ámbito manufacturero del R. Unido, tanto si se vende en la Unión Europea tal y como si no se hace. Todos y cada uno de los productos, aun aquellos que se han desarrollado, fabricado y puesto en servicio solo en el R. Unido, van a deber cumplir la nueva legislación.

La situación se halla en fase de desarrollo y, si bien el gobierno del R. Unido ha emitido ciertas orientaciones, se precisan más. Muchos de los organismos notificados y perjudicados asimismo han publicado sus consejos, mas las preguntas prosiguen sin contestación.

Lo que sabemos hasta el momento

El marcado UKCA aún no es reconocido por la Unión Europea, lo que quiere decir que cualquier producto fabricado en G. Bretaña, mas puesto en servicio en un mercado de la Unión Europea, va a deber llevar el marcado CE. Además de esto, los fabricantes precisarán tener exactamente el mismo nivel de garantía de que sus productos cumplen la normativa, en forma de un expediente técnico. Del mismo modo que con el marcado CE, esto puede implicar que se requieran pruebas.

Esto asimismo quiere decir que los expedientes técnicos de los fabricantes del R. Unido van a deber contar la legislación pertinente del R. Unido (no la de la Unión Europea) y los estándares designados por el R. Unido, en vez de las reglas en el Diario Oficial de la UE.

Lo que asimismo semeja evidente es que la Unión Europea ya no deja que los organismos notificados para la evaluación de terceras compañías en G. Bretaña emitan pruebas que prueben el cumplimiento de los estándares de la CE. De forma afín, no se espera que ninguna empresa de servicios de test fuera de G. Bretaña esté autorizada para efectuar pruebas UKCA. Esto puede representar que los productos deben comprobarse un par de veces. En un inicio, los requisitos para los 2 estándares están alineados, mas es posible y probable que se distingan en el futuro.

Los fabricantes de fuera del R. Unido deben aplicar el marcado UKCA a cualquier producto que o bien sus distribuidores procuren poner en servicio en el R. Unido. Esto puede administrar trabajo auxiliar a las compañías de pruebas con sede en R. Unido. Semeja que ciertos organismos ahora ofrecen producir certificados de pruebas UKCA para productos existentes que han sido certificado conforme los estándares CE sin prueba auxiliar, si bien no necesariamente sin costo a mayores.

De qué manera afecta esto a los productos electrónicos

Como se mentaba previamente, es muy posible que los productos electrónicos que entren a los mercados del R. Unido y la Unión Europea deban ser comprobados por 2 organismos diferentes, uno que está reconocido y autorizado para hacer pruebas bajo la legislación UKCA y otro que haga lo propio para el marcado CE.

Puesto que las 2 empresas de servicios de pruebas no se pueden encontrar físicamente tanto en R. Unido como en la Unión Europea y una casa de pruebas del R. Unido ya no va a ser un organismo notificado para los test CE, posiblemente los fabricantes deben contratar los servicios de 2 organismos notificados para un mismo producto. Pueden decantarse por usar una compañía que disponga de laboratorios tanto en el R. Unido como en un estado de la Unión Europea. No obstante, no todas y cada una de las compañías tienen este nivel de cobertura, con lo que posiblemente los fabricantes deban abonar un par de veces por las pruebas de conformidad.

En el futuro, si el estándar que respalda los dos marcados diverge, los fabricantes se encararán a otra elección: desarrollar 2 productos optimados para cada mercado final, permitiéndoles cumplir las normativas diferentes, si fuera preciso, o bien crear una solución “menos óptima” que satisfaga la necesidades de los 2 mercados, mas a costa de la optimización.

La buena nueva es que los fabricantes aún pueden “autodeclarar” que sus productos cumplen la legislación de UKCA. Esto incluye aquellos productos sujetos a las regulaciones de EMC, equipos de radio, baja tensión y equipos eléctricos (seguridad). Pese a que posiblemente no haya cambios substanciales en la manera en que los productos deben cumplir ahora, la posibilidad de divergencia en el futuro todavía puede representar que se aconsejan pruebas en el futuro.

Diseño para la conformidad

Resulta imposible decir de qué forma se pueden dividir los estándares para la conformidad UKCA y CE desde dos mil veintidos o bien si lo van a hacer, mas es meridianamente una posibilidad. Una parte de la razón para distanciarse del marcado CE es alejar al R. Unido de la legislación de la Unión Europea, mas esto asimismo ofrece al R. Unido la opción de ampliar, limitar o bien sencillamente mudar los requisitos impuestos a los fabricantes.

La enorme mayoría de OEM que generan equipos eléctricos no deberá aplicar el marcado UKCA y tampoco semeja probable que ahora queden exentos los productos que estaban sujetos al marcado CE ya antes de finales de dos mil veinte.

El marcado CE y sus requisitos puede que ya no se apliquen en el R. Unido, mas los instrumentos legales empleados para incluir dichos requisitos en la legislación del R. Unido sí lo hacen y seguirán haciéndolo a lo largo de cierto tiempo. Por el momento, el consejo semeja ser proseguir trabajando en los requisitos de la marca CE y, al tiempo, prepararse para regresar a testear para el marcado UKCA. Si quiere conseguir asesoramiento o bien información auxiliar de los últimos estándares de nutrición y su conformidad, puede ponerse en contacto con nuestros especialistas locales.

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